Libertad de expresión: «Fariña» de otro costal

La libertad de expresión, o más bien el límite de ésta, ha vuelto a ser noticia. El diario estadounidense “The New York Times”, en su edición de 21 de febrero de 2018, destaca que España se ha convertido en un país donde los riesgos para la libertad de expresión se han incrementado. En el referido artículo, se menciona la retirada de ARCO de la obra de Santiago Sierra, la condena al rapero Valtonyc y el secuestro cautelar del libro “Fariña” entre otros. Es a este último al que nos referiremos.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Collado Villalba ha estimado la solicitud de medidas cautelares coetáneas a una demanda por vulneración del derecho al honor interpuesta el pasado mes de enero por D. Jose Alfredo Bea Gondar, exalcalde de O Grove (Pontevedra) contra la editora y el autor del libro “Fariña”. Más concretamente solicitan al Juzgador de Instancia el secuestro de la publicación del libro, así como la prohibición de impresión y comercialización de nuevos ejemplares, hasta que no se rectifique el contenido calumnioso del libro. También solicitan la paralización de la emisión pública de la serie de televisión basada en “Fariña”.

La Libertad de Expresión, y el Derecho al Honor, como Derechos Fundamentales, gozan de la más alta protección constitucional frente a ataques que pretendan constreñir su ejercicio. Es en los conflictos que se susciten entre ambos derechos, donde el poder judicial ha de marcar la nota diferenciadora y el sentido común, llevando a cabo un juicio de ponderación entre ellos. 

Muchos son los factores que determinan que la balanza se incline hacia uno u otro lado, pero en todo caso, el supuesto deberá analizarse de forma minnuciosa y exhaustiva, dada la categoría de los derechos en juego, y así evitar excesos en el ejercicio de uno y/o limitaciones muy peligrosas en el ejercicio del otro. 

El Juzgado de Instancia estimó parcialmente la solicitud de medidas acordando el secuestro de la publicación del libro “Fariña”, escrito por D. Ignacio Carretero Puo y desestimando la paralización de la serie de televisión, imponiendo una caución de 10.000.-€ a la parte solicitante de la medida.

Como sabemos, los requisitos para adoptar una medida cautelar están preceptuados en el artículo 728 de la LEC, que establece el riesgo de la mora procesal, o lo que es lo mismo, que la futura sentencia no será efectiva puesto que el riesgo ya se habrá materializado, siendo de imposible o muy difícil reparación y la apariencia de buen derecho o fumus boni iuris, esto es, la existencia de indicio o elementos de la fundamentación de la medida cautelar que la dotan de una apariencia probable de legitimidad, sin que haya que prejuzgar el fondo del asunto.

El Juzgado de Instancia entiende que existe peligro de mora procesal toda vez que la eficacia de la sentencia se vería mermada puesto que el daño moral seguiría produciéndose durante la duración del procedimiento, ahondando en el deshonor del exalcalde y que hay fomus boni iuris puesto que la pretensión está debidamente justificada documentalmente permitiendo efectuar un juicio indiciario de la pretensión.

Esta decisión nos resulta sorprendente por dos motivos. El primero de ellos es que el art. 728.1 segundo párrafo, establece que la medida cautelar no se acordará cuando se pretenda alterar situaciones de hecho consentidas por el solicitante durante largo tiempo, salvo que éste justifique cumplidamente las razones por las cuales dichas medidas no se han solicitado hasta entonces. Y nos encontramos que “Fariña” se publicó en el año 2015 y esta sería su décima edición.

Por lo tanto desconocemos cuales habrán sido las razones que han motivado al exalcalde para interponer la demanda tras 10 ediciones del libro, y por qué el Juzgador de Instancia no ha tenido en cuenta este hecho. Todo parece indicar que el detonate que ha podido motivar esta solicitud de medida cautelar es la próxima ficción televisiva del libro y sin embargo se ha desestimado cualquier decisión sobre la suspensión de la emisión de la misma, por lo que tal vez el objetivo real de la solicitud no se haya conseguido.

Una segunda cuestión muy llamativa, es que desde el año 2007, con la retirada de la revista El Jueves por una controvertida portada de Felipe VI, no se había producido el secuestro de una publicación. Tras ésta, nos debemos remontar a los años 1985 y 1986, cuando fueron retiradas dos ediciones del semanario El Cocodrilo por supuestas ofensas graves a la Corona. Esto es, antes de la decisión de la Magistrada de Collado Villalba, y el libro “Fariña”, en los últimos 30 años, solo se han producido tres secuestros de publicaciones y todas ellas tenían como denominador común a la monarquía española.

Como ya le sucedió al Jueves, “Fariña” ha sufrido el “Efecto Streisand”, convirtiéndose en el libro más vendido en Amazon y multiplicando su precio por 10 en la reventa. Sin duda será muy interesante leer la postura que tome la Audiencia Provincial a la hora de resolver el recurso de apelación.

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